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Normativas

Normativas

03-06-2014
Objeto:

La miel es la sustancia natural dulce producida por la abeja Apis mellifera a partir del néctar de plantas o de secreciones de partes vivas de plantas o de excreciones de insectos chupadores presentes en las partes vivas de plantas, que las abejas recolectan, transforman combinándolas con sustancias específicas propias, depositan, deshidratan, almacenan y dejan en colmenas para que madure.

02-06-2014
Objeto:

Se actualizan las sustancias activas de acción fitosanitaria incluidas en las estrategias de control integrado de los siguientes Reglamentos Específicos de Producción Integrada, de acuerdo con el Anexo de la presente Resolución:

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Ajo, aprobado mediante Orden de 3 de noviembre de 2011.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón, aprobado mediante Orden de 27 de noviembre de 2002.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Almendro, aprobado mediante Orden de 20 de marzo de 2012.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Arroz, aprobado mediante Orden de 16 de febrero de 2012.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Fresa, aprobado mediante Orden de 3 de julio de 2013.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Frutales de Hueso, aprobado mediante Orden de 31 de julio de 2013.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Lechuga al aire libre, aprobado mediante Orden 17 de octubre de 2013.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Olivar, aprobado mediante Orden de 15 de abril de 2008.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Trigo Duro, aprobado mediante Orden de 9 noviembre de 2010.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Cultivos Hortícolas Protegidos (tomate, pimiento, berenjena, judía, calabacín, pepino, melón y sandía), aprobado mediante Orden de 10 de octubre de 2007.

Se actualizan las sustancias incluidas en las estrategias de control integrado de los siguientes Reglamentos Específicos de Producción Integrada, con expresión del Resultado final de las sustancias activas incluidas y excluidas, de acuerdo con el Anexo II de la presente Resolución.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Remolacha azucarera para siembra otoñal, aprobado mediante Orden de 11 de mayo de 2009.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Tomate para transformación industrial, aprobado mediante Orden de 2 de octubre de 2008.

- Reglamento Específico de Producción Integrada de Vid (uva para vinificación) , aprobado mediante Orden de 19 de julio de 2005.

28-05-2014
Objeto:
Según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, se prorroga la homologación del contrato-tipo de compraventa de patata dedicada al comercio en fresco, campaña 2014, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.
28-05-2014
Objeto:

La reducción de los índices de rendimiento neto aplicables a las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales.

26-05-2014
Objeto:

De conformidad con lo establecido en la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, en el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, en el Reglamento 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas, de acuerdo con el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2013, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen las explotaciones de ganado asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, los requisitos de la declaración del seguro, el ámbito de aplicación, el periodo de garantías, las fechas de suscripción y el peso de subproducto de referencia de los animales en relación con el seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.

26-05-2014
Objeto:

De conformidad con lo establecido en la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, en el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, en el Reglamento 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas, de acuerdo con el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2013, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen las explotaciones de ganado asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, los requisitos de la declaración, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, las fechas de suscripción y el peso de subproducto de referencia de los animales en relación con el seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.

23-05-2014
Objeto:

Este real decreto tiene por objeto establecer las condiciones y requisitos para la autorización de la participación, como asistentes, del personal de los mataderos en funciones específicas en relación con el control de la producción de carne de aves de corral y de lagomorfos.

23-05-2014
Objeto:

De conformidad con lo establecido en la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, en el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, en el Reglamento 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas, de acuerdo con el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2013, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen las explotaciones de ganado asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, los requisitos de la declaración del seguro, el ámbito de aplicación, el periodo de garantías, las fechas de suscripción y el peso de subproducto de referencia de los animales en relación con el seguro renovable para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.

Los seguros renovables, tienen como finalidad facilitar al ganadero su gestión, al sistematizar la renovación del seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción. Por lo tanto, es necesario una regulación diferenciada del resto de seguros convencionales, por cuanto que, están vinculados a un desarrollo y actuaciones distintas en sus condiciones particulares, que a la postre, es lo que motiva que estén recogidos como líneas de seguro de retirada independientes en el anexo del Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014.

23-05-2014
Objeto:

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, cuyo texto, cuadro resumen, formulario de solicitud de ayuda (Anexo I), formulario para presentar alegaciones y efectuar reformulación, la aceptación y la presentación de documentos (Anexo II),  formulario con relación de regantes (Anexo III), formulario de solicitud de pago (Anexo IV) y formulario de solicitud de anticipo (Anexo V), que se insertan a continuación.

Convocatoria para el año 2014

Se convoca para el ejercicio 2014, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas para las actuaciones sobre infraestructuras de apoyo a la gestión y uso sostenible de los recursos hídricos empleados en los regadíos, previstas en el artículo 1 de las bases reguladoras.

22-05-2014
Objeto:

De conformidad con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados, con el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, con el Reglamento 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas, con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2013, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen los bienes y rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para explotaciones plataneras.

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Sábado, 18 de Mayo de 2024
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