La norma aprobada abre la posibilidad de que las 800 clínicas veterinarias cuenten, por primera vez y previa autorización, con depósitos de medicamentos de uso humano.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que autoriza en
Andalucía el uso de la receta electrónica de medicamentos veterinarios
y establece los requisitos para su distribución, prescripción,
dispensación y utilización. Esta norma, que desarrolla la nueva
legislación estatal sobre la materia, tiene como objetivo reforzar y
garantizar la seguridad de los medicamentos desde el momento de su
producción hasta el de su aplicación.
De acuerdo con el decreto, la edición y distribución de las recetas
en este ámbito corresponderán al Consejo Andaluz de Colegios
Veterinarios, con quien la Junta firmó un convenio el año pasado. La
modalidad electrónica, cuyas condiciones de uso se desarrollarán
reglamentariamente, permitirá la solicitud y dispensación de
medicamentos por medios telemáticos, lo que supondrá un ahorro de
tiempo, trámites y costes para los ganaderos. En Andalucía se expiden
al año casi 350.000 recetas de este tipo de fármacos.
Junto con esta novedad, y atendiendo a la demanda del sector, la
norma aprobada abre la posibilidad de que las 800 clínicas veterinarias
que funcionan en Andalucía cuenten, por primera vez y previa
autorización, con depósitos de medicamentos de uso humano (incluidos
los hospitalarios) que también pueden ser de aplicación animal.
Asimismo, el decreto establece la creación de un registro autonómico
para todos los establecimientos dedicados a la distribución y
comercialización de medicamentos veterinarios y productos
zoosanitarios. La inscripción en este censo, autorizada por la
Consejería de Agricultura y Pesca, será automática para los más de 400
centros andaluces que actualmente desarrollan su trabajo en estos
ámbitos. Las competencias de autorización e inscripción de nuevos
establecimientos pasan de los servicios centrales la Consejería de
Agricultura y Pesca a las delegaciones provinciales de este
departamento.
Otra medida de simplificación administrativa recogida en el decreto
es la creación de un modelo único de libro de tratamientos veterinarios
en explotaciones ganaderas. Este documento, obligatorio para los
propietarios o poseedores de animales, podrá elaborarse en soporte
informático a partir de ahora.
Asimismo, en caso de detectarse efectos adversos o inesperados a
raíz del uso de un medicamento veterinario, pienso medicamentoso o
autovacuna, la correspondiente comunicación se realizará directamente a
través de la Consejería de Agricultura y Pesca. Actualmente, este
trámite solo es posible ante la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios.
En lo referente a la aplicación y uso de los medicamentos, la norma
andaluza incorpora y desarrolla las condiciones exigidas por la
legislación estatal. Además, incluye la regulación de los requisitos
que deben reunir los centros de elaboración de autovacunas (fabricadas
a partir de organismos patógenos obtenidos de animales de una misma
explotación destinados a este fin) que puedan instalarse en un futuro
en Andalucía. Entre otras obligaciones, estos centros deberán remitir a
la Consejería de Agricultura y Pesca una relación trimestral de las
autovacunas elaboradas con indicación de las personas prescriptoras,
los destinatarios y las cantidades suministradas.
Finalmente, el decreto asigna a la Consejería de Agricultura y Pesca
las competencias de inspección, control y verificación de las normas,
así como la imposición de sanciones por su incumplimiento. En función
del tipo de infracción, estas multas van de los 600 euros a los tres
millones.