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El BOE publica las condiciones del seguro y de daño excepcional de los frutos secos

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1 de Marzo de 2011
Redacción

La orden define como asegurables los riesgos de viento, pedrisco, inundación y lluvia torrencial.

El Boletín Oficial de Estado (BOE) ha publicado la Orden ARM/376/2011, de 17 de febrero, por la que se definen las producciones y rendimientos asegurables del seguro combinado y de daños excepcionales en frutos secos del Plan 2011 de Seguros Agrarios Combinados.

La orden, dada a conocer el sábado, define como asegurables los riesgos de viento, pedrisco, inundación y lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales para los cultivos de algarrobo, almendro, avellano, nogal y pistacho, así como las plantaciones jóvenes (plantones) durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción.

No son asegurables las producciones de parcelas destinadas a experimentación o ensayo, las que se encuentren en estado de abandono, las destinadas al autoconsumo en huertos familiares, las de árboles aislados y las hileras de cultivos utilizados como cortavientos.

La Orden detalla que las prácticas culturales "imprescindibles" son el mantenimiento del suelo en condiciones adecuadas para el cultivo, la eliminación de hijuelos de la base del tronco y la existencia de ejemplares polinizadores en número y disposición adecuados.

También especifica el abonado de la plantación, los tratamientos fitosanitarios necesarios, el riego "oportuno y suficiente" de las plantaciones de regadío y la recolección "en el momento apropiado".

El agricultor que suscriba el seguro "deberá asegurar la totalidad de producciones y plantaciones jóvenes que posea de la misma clase" y podrá fijar libremente el rendimiento a consignar para cada parcela, si bien "deberá ajustarse a las esperanzas reales de producción".

El seguro se podrá aplicar a parcelas de cultivo de frutos secos en plantación regular, tanto en secano como en regadío, en toda España.

El periodo de suscripción se iniciará el 1 de marzo y finalizará el 30 de abril de este año, para el almendro, y el 15 de mayo, para el resto de especies.

Respecto a los precios unitarios para las distintas especies y variedades, indica que únicamente a efectos del seguro regulado en esta orden, el pago de las primas y el importe de las indemnizaciones en caso de siniestro serán elegidos libremente por el agricultor con los límites establecidos en el anexo.

Los precios unitarios se determinan desde un mínimo de 16 euros por 100 kilogramos de algarrobo a los 245 euros por 100 kilogramos de pistacho ecológico.

En el caso de los plantones, los precios oscilan entre 4 y 6 euros por unidad de todas las especies y todas las variedades.

Viernes, 17 de Mayo de 2024
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