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El BOE publica las condiciones del seguro en membrillo y otros frutales

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3 de Noviembre de 2010
Redacción

Detalla las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden ARM/2815/2010, de 27 de octubre, por la que se definen las condiciones del seguro integral en membrillo y otros frutales, comprendidos en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.

Recoge que el inicio de la garantías de riesgo de pedrisco y daños excepcionales para el azufaifo y para el castaño comienza el 15 de mayo de 2011 y finaliza el 31 de julio 2011, para el primero, y se amplía hasta 30 de noviembre de 2011 para el segundo.

Sin embargo, para el manzano de sidra, el periodo de garantía se inicia el 1 de junio de 2011 hasta el 31 de octubre de 2011.

Para el granado, son asegurables con cobertura de pedrisco los daños ocurridos entre el 1 de abril y hasta el 31 de octubre de 2011, mientras que el calendario para los daños excepcionales se sitúa entre el 1 de abril y hasta el 31 de octubre de 2011.

Asimismo, para la higuera tipo breva, el periodo de garantía para daños de pedrisco y para daños excepcionales es del 1 de abril de 2011 al 31 de julio de 2011, y para la higuera tipo higo se establece del 1 de julio de 2011 al 15 de octubre de 2011.

En el caso del membrillero, para el riesgo de helada en Extremadura y Andalucía se inicia el periodo de garantía desde que el membrillero ha alcanzado el estado fenológico dominante (E.F.D) y hasta el 31 de octubre de 2011.

Los daños excepcionales se cubrirán desde que el membrillero ha alcanzado el estado de maduración del fruto hasta el 31 de octubre de 2011.

No son asegurables las parcelas destinadas a experimentación o ensayo, las que se encuentren en estado de abandono, las producciones de huertos familiares y los árboles aislados.

Establece las condiciones técnicas mínimas de cultivo y las condiciones formales de la declaración de seguro y el rendimiento asegurable.

Para el azulfaitfo se delimitan los rendimientos entre 80 y 159 euros por cada 100; para el castaño, será de entre 24 y 50 euros y, para el granado, se sitúa entre 24 y 50 euros por cada 100 kilos.

En cuanto a los rendimientos de la higuera, los precios oscilan entre 16 y 120 euros por 100 kilos; para la manzana de sidra será de entre 9 y 18 euros por 100 kilos; y para el membrillo, desde 13 a 26 euros por 100 kilos.

Asimismo todos los plantones de estas especies recibirán entre 3 y 5 euros por unidad.

El periodo de suscripción se iniciará el 1 de noviembre de 2010 para todos los cultivos y finalizará, para el membrillo, el 31 de enero de 2011 en el ámbito de la helada y el 30 de abril de 2011 en el ámbito sin helada; el 30 de abril de 2011, para el granado; y el 30 de abril de 2011, para la breva.

El 15 de junio de 2011 finalizará el periodo de suscripción para el higo y el 15 de mayo de 2011 para el resto de especies.

Viernes, 31 de Mayo de 2024
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