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El BOE publica los criterios del seguro combinado en fresón y otros frutos rojos

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31 de Agosto de 2010
Redacción
El BOE publica los criterios del seguro combinado en fresón y otros frutos rojos
El BOE publica los criterios del seguro combinado en fresón y otros frutos rojos

En la suscripción de este seguro, tendrán que considerarse como categorías diferenciadas las de "fresa y fresón" y las de "frambuesa, arándano, mora y grosella".

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó, el pasado sábado, una Orden del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) que regula las condiciones del seguro combinado y de daños excepcionales en fresón u otros frutos rojos.

La Orden precisa cuáles son las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios de dicho seguro.

El texto señala que serán asegurables las producciones de las distintas variedades de arándano, fresa, fresón, frambuesa, grosella y mora.

Dichas variedades tendrán que cumplir una serie de condiciones técnicas, como la preparación adecuada del terreno antes de efectuar el trasplante, el abonado del cultivo de acuerdo con las necesidades del mismo y la realización adecuada del trasplante, atendiendo a la oportunidad del mismo, idoneidad de la variedad y densidad de plantación.

Además, se deberá proceder al control de las malas hierbas -mediante el procedimiento que se considere oportuno- y aplicar los tratamientos fitosanitarios necesarios para el mantenimiento del cultivo en un estado sanitario aceptable.

En el caso de la fresa y el fresón, el "acolchado" del lomo o caballón se deberá realizar con un plástico de espesor mínimo de 100 galgas, en buen estado de uso y sin sobrepasar su vida útil.

Para el cultivo de frambuesa bajo macrotúnel, se utilizarán los sistemas de conducción adecuados, como los de espaldera, postes y alambres.

Por lo que respecta al fresón, se llevará a cabo la limpieza de flores y estolones en parcelas de plantación estival y cultivo de segundo año.

El BOE destaca que, en la suscripción de este seguro, tendrán que considerarse como categorías diferenciadas las de "fresa y fresón" y las de "frambuesa, arándano, mora y grosella", y que el agricultor que lo contrate deberá asegurar la totalidad de las producciones que posea de la misma clase.

Además, el agricultor podrá fijar "libremente" el rendimiento asegurable de cada parcela, que deberá ajustarse a las esperanzas "reales" de producción.

Domingo, 19 de Mayo de 2024
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