Este decreto entrará en vigor a partir del 31 de diciembre de 2010.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto-ley por el que se
aplica un paquete de medidas urgentes en materia de reordenación del
sector público en el que se recoge la posibilidad de que los
agricultores concesionarios del Instituto Andaluz de Reforma Agraria
(IARA) accedan a la propiedad de las parcelas. Asimismo, este decreto,
que entrará en vigor a partir del 31 de diciembre de 2010, pone en
valor el patrimonio agrario andaluz para que sirva como elemento
generador de riqueza del mundo rural.
Así, los adjudicatarios de explotaciones agrarias que estén
interesados en adquirir estas fincas tienen un año, a partir de la
entrada en vigor del Decreto, para presentar las solicitudes en la
delegación provincial de Agricultura y Pesca que le corresponda. Si la
resolución, con un plazo de seis meses, es favorable, los titulares
dispondrán de tres años como máximo para abonar el precio de la
adjudicación. En el caso de que se realice una liquidación anticipada,
el traspaso será inmediato.
Al valor de enajenación de estas tierras se le aplicará una
reducción de hasta un 65% en función a criterios de antigüedad, la
generación de empleo cuantificada, así como al esfuerzo inversor
efectuado por el solicitante. La normativa limita además la libre
disposición durante 25 años de las explotaciones escrituradas,
obligando por tanto a la devolución de estas reducciones en caso de
venta, división o segregación de los terrenos.
Asimismo, en el Decreto se especifica el permiso de constituir
hipotecas sobre las fincas enajenadas a favor del IARA o de la Hacienda
Pública, así como otorgar la escritura a las personas herederas en caso
de fallecimiento del concesionario.
Cuando se trate de explotaciones agrarias comunitarias, la
Administración podrá segregar las tierras para que se escrituren a
título individual para cada uno de sus miembros.
En el caso de bienes que no sean solicitados por los adjudicatarios,
la Consejería, para proceder a la recuperación de la concesión, les
indemnizará por las mejoras que hayan realizado en estos terrenos,
siempre que hayan contado con autorización administrativa, y procederá
al desalojo de las fincas.
Por otra parte, la Junta va a poner en valor todas las tierras,
bienes y derechos del Instituto Andaluz de Reforma Agraria que no han
sido ocupados por terceras personas, concretamente 13 fincas con 5.320
hectáreas de suelo rústico y 240.000 metros cuadrados de suelo urbano.
Para ello se contempla su cesión a entidades públicas para fines de
interés general o a entidades públicas y privadas para fines tanto
agrarios como otros usos compatibles que permitan la modernización y
mejora del medio rural y las condiciones de vida de la población, así
como la generación de empleo en estas zonas.
A partir de la publicación de este Decreto-ley, queda derogada parcialmente la Ley de Reforma Agraria de 1984.