La reforma de la Ley de Morosidad incluye rebajar los plazos de pago.
Cooperativas Agro-alimentarias y las
organizaciones agrarias Asaja, COAG y UPA han valorado que el Senado
aprobara la reforma de la Ley de Morosidad, que incluye rebajar
los plazos de pago máximos a los proveedores, tal y como demandaban
los agricultores y ganaderos.
En un comunicado conjunto, han subrayado que todos los grupos
políticos en el Senado, a excepción del PSOE, consensuaron ayer 11
enmiendas transaccionales que recogen "prácticamente todas las
propuestas" que el sector agrario ha presentado durante tres meses
-en "unidad de acción"- a los distintos grupos parlamentarios.
La Ley está pendiente aún de ratificación por el Congreso de los
Diputados, aunque el sector confía en lo hará "posiblemente la
semana que viene".
Han destacado que, de aprobarse la nueva Ley de Morosidad, el
plazo de pago para los productos frescos será de 30 días y de
"aplicación inmediata", mientras que, para el resto de productos se
ha acordado un "calendario progresivo de aplicación, hasta el punto
de no retorno de 2013".
Se procederá, además, a la modificación del cómputo de este tipo
de plazos, que será a partir de la entrega de la mercancía y no
desde la emisión de la factura.
Por su parte, se establece la obligatoriedad de documentar la
operación de entrega y recepción de los productos.
En su opinión, en el debate desarrollado en el Senado quedó de
manifiesto el actual desequilibrio existente en las relaciones
comerciales entre empresas en algunos sectores, como el
agroalimentario.
Han recordado que los plazos de pago real en España alcanzan
ahora los 101 días en operaciones comerciales entre empresas
privadas y los 154 días en las relaciones comerciales con la
Administración, periodos que duplican los de Alemania, Gran Bretaña
y Francia, y triplican o cuadriplican los de Dinamarca o Suecia, lo
que "repercute muy negativamente en nuestra competitividad".
Otra de las modificaciones "más llamativas" de la reforma de la
Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales es la obligación de estipular en las cuentas anuales el
plazo medio de pago a los proveedores.
Esta imposición supone que cualquiera podrá saber "fácilmente" si
la empresa "cumple" los plazos de pago que estipula la ley o si, por
el contrario, es "morosa".
Asimismo, se ha eliminado la cláusula "salvo pacto entre las
partes", que el sector solicitaba, y que confían en que beneficie
especialmente a las actividades de las pymes y autónomos.
Por el contrario, han precisado que "lo único" que no ha aprobado
el Senado ha sido un régimen sancionador "para toda la cadena
agroalimentaria", ya que se restablece el régimen sancionador de la
Ley de Comercio Minorista.
A su juicio, se debería extender al resto de eslabones para
lograr una eficacia total de la norma.
No obstante, han aclarado que "se ha dejado la puerta abierta"
durante el debate a un desarrollo de ese régimen sancionador en la
Ley de Economía Sostenible.