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El MARM convoca ayudas para la realización de actividades relacionadas con la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y con la Ley de Montes

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2 de Junio de 2010
MARM
El MARM convoca ayudas para la realización de actividades relacionadas con la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y
El MARM convoca ayudas para la realización de actividades relacionadas con la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y

Las subvenciones están destinadas a entidades y organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal.

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino convoca, mediante una Orden Ministerial, que publica el Boletín Oficial del Estado, ayudas destinadas a entidades y organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal para la realización de actividades privadas relacionadas con los principios inspiradores de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y con las finalidades de la Ley de Montes.

Las actividades subvencionables se financiarán hasta un máximo de 90.000 euros, deberán llevarse a cabo al menos en dos Comunidades Autónomas y deberán estar finalizadas antes del 10 de noviembre de 2010. El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 2 de julio de 2010.

La financiación de las ayudas para la convocatoria del año 2010 será de 739.006 euros para la realización de actividades relacionadas con los principios inspiradores de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y de 22.702 euros para la realización de actividades que contribuyan al cumplimiento de las finalidades de la Ley de Montes.

Los requisitos que deben cumplir las entidades y organizaciones solicitantes son: estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro administrativo, tener una antigüedad de 2 años, tener ámbito de actuación supraautonómico, carecer de fines de lucro y dedicarse con carácter prioritario a la realización de actividades dirigidas a la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad; así como disponer de estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

Para la concesión de las ayudas se valorará el ámbito territorial de las actuaciones y programas realizados por la entidad, teniendo una valoración prioritaria las confederaciones, federaciones y agrupaciones similares que presenten programas integrados.

También se tendrá en cuenta la antigüedad de la entidad, la especialización, que disponga de sistemas de evaluación y de calidad que contribuyan a la consecución de los objetivos, que someta su gestión a controles periódicos, el volumen del presupuesto de la entidad en el último año y las líneas de actuación de la entidad en materia de gestión de los recursos humanos.

Asimismo, se valorará la adecuada relación entre los objetivos planteados y las necesidad sociales que se quiere satisfacer con los programas presentados, el contenido del proyecto; valorándose el calendario de ejecución, la descripción de las actividades, los medio técnicos, personas y materiales con los que cuenta la entidad para su ejecución; así como el presupuesto presentado para la realización de la entidad y la participación de personal voluntario en el desarrollo de las actividades y proyectos.

Viernes, 3 de Mayo de 2024
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