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El MARM convoca ayudas al fomento de la integración cooperativa por valor de 2,9 millones de euros

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25 de Junio de 2010
Redacción

Las solicitudes deberan presentarse en un plazo de un mes, contado a partir del 25 de junio.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una Resolución del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino por la que se convocan ayudas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal para el año 2010, que contarán con una dotación presupuestaria de 2,9 millones de euros.

Dicha Resolución señala que las solicitudes para optar a estas ayudas deberán dirigirse a la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, y presentarse en un plazo de un mes, contado a partir del 25 de junio.

El texto precisa que los requisitos relativos a los posibles beneficiarios y a los criterios de valoración de sus solicitudes están recogidos en las bases reguladoras incluidas en la Orden APA/180/2008, del 22 de enero de 2008.

Según estas bases reguladoras, podrán acceder a estas subvenciones las cooperativas agrarias, las de trabajo asociado con la actividad agraria, las de explotación comunitaria de la tierra, las de segundo grado y los grupos cooperativos, así como las sociedades agrarias de transformación.

También podrán solicitar las ayudas cualquier entidad económica siempre que más del 50 por ciento de su capital social pertenezca a alguna de las entidades citadas anteriormente.

En cuanto a los requisitos para recibir las subvenciones, los posibles beneficiarios deberán presentar un plan de integración en que se incluya, al menos, el volumen de actividad y número de socios de cada una de las entidades participantes; las actuaciones y la inversión prevista para cada una de ellas; el cronograma de dichas actuaciones; y una serie de objetivos cuantificables.

Los gastos subvencionables serán aquellos generados por la integración -como los relativos a la constitución, auditoría, implantación, entre otros- y los relativos a la gestión, como las inversiones materiales e inmateriales, los costes de alquiler de locales o los gastos de personal.

Las bases reguladoras subrayan que el importe de la subvención a la integración cooperativa podrán alcanzar hasta el 50 por ciento de los gastos efectuados -con un techo máximo de 100.000 euros-, que podría superarse, en virtud de una serie de excepciones que prevé la ley.

Por su parte, las ayudas a los gastos de gestión no podrán superar los 400.000 euros por entidad beneficiaria, cantidad que se otorgará de manera decreciente durante cinco anualidades.

Martes, 14 de Mayo de 2024
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