Se trata de las ayudas para el fomento de la renovación del parque nacional de tractores y máquinas automotrices agrícolas.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha
publicado Real Decreto 457/2010, de 16 de abril, por el que se
regulan las bases para la concesión de ayudas para la renovación del
parque nacional de maquinaria agrícola.
Se trata de las ayudas para el fomento de la renovación del
parque nacional de tractores y máquinas automotrices agrícolas,
mediante el achatarramiento de las unidades más antiguas y su
sustitución por vehículos que mejoren las condiciones de trabajo,
con mayor eficiencia energética y menor impacto ambiental.
También se podrán destinar estas ayudas procedentes del
achatarramiento para adquirir sembradoras directas, cisternas para
purines, esparcidores de fertilizantes, abonadoras y equipos de
aplicación de productos fitosanitarios.
La disposición quiere garantizar una mejora de las condiciones de
trabajo de los agricultores en el manejo de la maquinaria agrícola,
aumentar su seguridad, potenciar el aprovechamiento energético del
combustible, reducir la contaminación, adaptarse a los
requerimientos de una agricultura moderna y promover la utilización
de estos vehículos en común para economizar los recursos del sector.
La cuantía base de la ayuda para tractores y motocultores se
establece en 80 euros por caballo de vapor (CV) de la potencia que
consta en la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria
Agrícola (ROMA).
Si el beneficiario es persona física, la cuantía base de la ayuda
se incrementará en 35 euros por CV si es titular de una explotación
agraria prioritaria; en 25, si es agricultor joven, y en 10 euros,
si vive en zonas de montaña o desfavorecidas.
En caso de que el beneficiario sea cooperativa agraria, de
explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado, la
cuantía base puede incrementarse en 70 euros por CV de potencia de
los tractores y máquinas automotrices achatarrados.
Para otras personas jurídicas cuya actividad principal sea la
producción agraria, y para las personas físicas o jurídicas cuya
actividad principal se centre en la prestación de servicios al
sector, el incremento de la cuantía base será de 25 euros por CV de
potencia de la maquinaria achatarrada
La ayuda máxima por beneficiario y convocatorias del año no
superará los 12.000 euros para la adquisición de nuevos tractores,
15.000 euros para nuevos tractores, 30.000 euros para equipos
automotrices de recolección y el 30 por ciento de la inversión para
el resto de máquinas automotrices y arrastradas.
El Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el BOE, y su vigencia finalizará el 31 de diciembre
de 2013.