El objeto que se busca es el de establecer los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a las enmiendas del suelo y los sustratos de cultivo.
Para obtener la etiqueta ecológica comunitaria correspondiente a los sustratos de cultivo de conformidad con el Reglamento (CE) no 1980/2000, un producto deberá pertenecer a la categoría de productos «sustratos de cultivo» definida en el artículo 1 y cumplir los criterios ecológicos del anexo de la presente Decisión.
El comportamiento ecológico de la categoría de productos «sustratos de cultivo» se evaluará sobre la base de los criterios ecológicos específicos establecidos en el anexo.
Cuando se hayan presentado antes del 1 de octubre de 2006 solicitudes de etiquetas ecológicas para productos pertenecientes a la categoría «enmiendas del suelo y sustratos de cultivo», esos productos podrán obtener la etiqueta en las condiciones aplicables hasta el 28 de agosto de 2007. En tales casos, la etiqueta ecológica podrá utilizarse hasta el 30 de abril de 2008.
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DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 15 de diciembre de 2006 por la que se establecen criterios ecológicos revisados y los requisitos correspondientes de evaluación y comprobación para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a sustratos de cultivo. DEC2006-137-143.pdf
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