La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de perfeccionamiento técnico-profesional para titulados superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias y de planificación económica y coordinación institucional en materia agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural.
Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente Orden, aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea y residir en España en el momento de incorporarse a la beca.
b) Dominio del idioma castellano.
c) Estar en posesión del título de ingeniero o licenciado exigido en la convocatoria o bien estar en condiciones de obtenerlo al tiempo de presentar la solicitud de participación, y haber terminado los estudios en la fecha establecida también en la convocatoria.
d) Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
Se presentarán en el plazo máximo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el BOE.
La financiación de las becas que se convocan en la presente Orden se efectuará con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la aplicación presupuestaria 21.01.411M.780 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, por un importe máximo total de 69.370 euros. Los compromisos de gasto estarán limitados a las disponibilidades de crédito de los conceptos presupuestarios autorizados en el Presupuesto.
La dotación mensual de la beca por beneficiario será, para el año 2007, de 1.100 euros.
Las solicitudes se dirigirán a la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes se cumplimentarán según el modelo de instancia que figura en el anexo a la presente Orden.
ORDEN APA/693/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación para titulados superiores, en el ámbito de las estadísticas agroalimentarias y la planificación económica y coordinación institucional. ORD2007-12804-12806.pdf
Orden APA/1550/2007, de 29 de mayo, por la que se convocan, para el año 2007, becas de formación para titulados superiores en el ámbito de las estadísticas agroalimentarias y la planificación económica y coordinación institucional. ORD2007-1550-24023-24025.pdf
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