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Los viticultores reiteran que las bodegas deben pagar la uva a 30 días

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2 de Diciembre de 2014
Redacción
La ley de la cadena alimentaria ha profundizado en un ordenamiento y una base legal que considera a la uva como un producto perecedero,

El sector agrario ha vuelto a reiterar al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) que la uva es un producto "perecedero" y, según recoge la legislación vigente, debe pagarse "a un mes" desde la entrega.

El director general de la Industria Alimentaria, Fernando Burgaz, ha presidido en Madrid una reunión con los representantes de los agricultores para debatir sobre este asunto. Las mismas fuentes aseguran que están "tranquilas mientras el Ministerio no diga otra cosa", porque la legislación vigente deja claro, en su opinión, que la uva es un producto perecedero y que, como tal, debe pagarse a los viticultores a un mes desde la entrega del producto y no después, como reclaman, por su parte, los industriales.

Según remarcan las mismas fuentes, la ley de la cadena alimentaria ha profundizado en un ordenamiento y una base legal que considera a la uva como un producto perecedero, al tiempo que esta normativa impulsa decididamente la "contractualización" obligatoria entre las bodegas y los proveedores de la uva.

En el pasado, la Agencia de Información y Control Alimentario (AICA) ya comunicó a las bodegas que debían abonar el precio de las uvas a los agricultores en un plazo máximo de 30 días a contar desde la entrega del bien, por considerar que se trata de un producto perecedero, para no incurrir en la vulneración legal.

Pero las bodegas le han pedido al Gobierno la aplicación de un régimen diferenciado para la uva de vinificación, frente aquella destinada a consumo como fruta fresca, de modo que se pueda abonar a 60 días, porque, a su juicio, "es un producto no perecedero".

En cuanto al momento en el que debería empezar a contar el plazo, el sector bodeguero mantiene que la entrega de la uva en las zonas amparadas por una Denominación de Origen, por ejemplo, no se perfecciona hasta cumplir una serie de requisitos de calificación, por lo que la fecha de cómputo de inicio del plazo sería también discutible.

Sábado, 27 de Abril de 2024
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