- Publicar como anexo I de la presente Resolución, la modificación del censo de buques pesqueros de altura, gran altura y palangreros mayores de 100 T.R.B., ordenados por Asociación a la que pertenecen, que tienen derecho a pescar durante el año 2012 en aguas de otros Estados Miembros de la Unión Europea, excepto Portugal, dentro de los límites geográficos de la NEAFC.
- Junto a cada buque pesquero, se indican las posibilidades de pesca y coeficiente de esfuerzo, a 20 de diciembre de 2011, para cada una de las zonas del Consejo Internacional de Exploración del Mar (CIEM) que figuran en dicho anexo.
- Publicar como anexo II el número de buques, posibilidades de pesca y coeficiente de esfuerzo por zona, de cada Asociación.