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Se regulan las condiciones de seguro de frutos secos

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17 de Agosto de 2012
Redacción
Pueden acogerse a este seguro plantaciones de algarrobo, almendro, avellano, nogal y pistacho.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por la que se definen las condiciones del seguro para las explotaciones de frutos secos, dentro del Plan 2012 de Seguros Agrarios Combinados.

De acuerdo con la orden, recogida en la edición de ayer del BOE, pueden acogerse a este seguro plantaciones de algarrobo, almendro, avellano, nogal y pistacho, cuya producción sea susceptible de recolección dentro del periodo de garantía, así como los plantones durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción.

El primer plazo de suscripción arranca del 1 de septiembre, para el almendro, y se extenderá hasta el 30 de noviembre.

Para el resto de cultivos, el periodo comienza el 1 de marzo de 2013 y finaliza el 15 de mayo, iguales fechas que para contratar el seguro complementario.

Sábado, 4 de Mayo de 2024
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