Normativas de Medio Ambiente Otros
Normativas de Medio Ambiente Otros
Este real decreto tiene por objeto establecer el régimen jurídico para la reutilización de las aguas depuradas, de acuerdo con el artículo 109.1 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
Aprobar el documento de adecuación del Plan Forestal Andaluz a las nuevas orientaciones y directrices en materia de desarrollo forestal y política ambiental para el período 2003-2007.
Declarar como «zonas sensibles» a los efectos previstos en el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, y de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo II del Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, las que se relacionan en el anexo de la presente Resolución.
El objeto de la presente Ley es la regulación de las materias a que se refiere el artículo 43 de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, como contenido del Plan Hidrológico Nacional, así como el establecimiento de aquellas previsiones normativas necesarias para garantizar su cumplimiento.
Constituye el objeto de la presente Orden la regulación y fijación de los perodos hábiles y procedimiento para la recolección de la piña procedente de la especie pino piñonero (Pinus pinea L.) en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Este real decreto tiene por objeto establecer una relación de actividades susceptibles de causar contaminación en el suelo, así como adoptar criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
En cada provincia de Andalucía se crea un Consejo Provincial de Medio Ambiente y de la Biodiversidad, como órgano colegiado de carácter consultivo, de asesoramiento y seguimiento, integrados a efectos administrativos en la Consejería de Medio Ambiente y cuya finalidad será la de promover a nivel provincial, en materia cinegética, piscícola, forestal, de flora y fauna y ambiental en general, la participación de organizaciones representativas de intereses sociales.