Normativas de Ganadería Porcino
Normativas de Ganadería Porcino
Establecer disposiciones de aplicación del régimen de certificados de exportación en el sector de la carne de porcino.
La Comunidad ya posee una reserva de 1.000.000 de dosis de vacunas vivas atenuadas contra la peste porcina clásica y está adquiriendo 1.550.000 dosis de vacunas marcadoras contra esta misma enfermedad.
Debido a la situación en la Comunidad y, en especial, a la situación de la enfermedad en los Estados adherentes, es más probable que se efectúe una vacunación de emergencia contra la peste porcina clásica con vacunas marcadoras que supere el número de dosis de vacunas que almacena la Comunidad.
Se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para las industrias de obtención y elaboración de productos cárnicos de ganado vacuno, ovino, caprino y porcino, cuyo texto se incorpora en el Anexo de la presente Orden.
Establecer los coeficientes de ponderación para el cálculo del precio comunitario de mercado del cerdo sacrificado en el ejercicio 2006/07.
La presente Decisión establece normas de desarrollo para la vigilancia de la resistencia a los antimicrobianos de conformidad con el artículo 7, apartado 3, y el anexo II, letra B, de la Directiva 2003/99/CE que ha de llevarse a cabo en los Estados miembros. Abarcará la Salmonella spp. en aves de corral de la especie Gallus gallus, pavos y cerdos para sacrificio, sin perjuicio de la vigilancia complementaria de la resistencia a los antimicrobianos de conformidad con los requisitos del artículo 7,
apartado 1, de la Directiva 2003/99/CE.
El Reglamento establece unas normas específicas para la producción integrada de porcino, definiendo los requisitos necesarios para cada una de las operaciones de producción de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 245/2003, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados.
Dichas normas completan las establecidas en la Orden de 29 de noviembre de 2005, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Ganadería Integrada en Andalucía (BOJA núm. 5, de 10 de enero de 2006), de aplicación a este Reglamento.
Regulación del sector porcino.
Queda aprobado el manual de diagnóstico de la peste porcina africana que figura en el anexo.
Los Estados miembros velarán por que la confirmación de la peste porcina africana se efectúe siguiendo los procedimientos, métodos de muestreo y criterios de evaluación de los resultados de las pruebas de laboratorio establecidos en el manual y basados en los elementos siguientes:
a) la detección, en el examen clínico o en la autopsia, de signos y lesiones de la enfermedad;
b) la detección del virus, su antígeno o su genoma en muestras de tejidos, órganos, sangre o excrementos de los cerdos;
c) la demostración de una respuesta de anticuerpos específicos en muestras de sangre.
Regula la base de datos informatizada Sistema nacional de Identificación y Registro de los Movimientos de los Porcinos (SIMOPORC).