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El PE respalda etiquetas más claras en zumos, que no confundan al consumidor

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15 de Diciembre de 2011
Redacción
El PE respalda etiquetas más claras en zumos, que no confundan al consumidor
El PE respalda etiquetas más claras en zumos, que no confundan al consumidor

Las mezclas de dos zumos tendrán que llevar el nombre de ambas frutas que lo componen.

El Parlamento Europeo (PE) aprobó una normativa por la que el etiquetado de los zumos de fruta y néctares deberá ser más claro, para evitar que denominaciones engañosas y el uso erróneo de la indicación "sin azúcar añadido" confundan a los consumidores.

Las mezclas de dos zumos tendrán que llevar el nombre de ambas frutas que lo componen y los envases deberán utilizar el nombre genérico "mezcla de zumos" si están hechos a partir de tres o más frutas, según la directiva aprobada por amplia mayoría en el pleno de la Eurocámara, reunido estos días en Estrasburgo (Francia).

"Una mezcla con un 90 % de manzana y un 10 % de fresa tendría que llamarse 'zumo de manzana y fresa', mientras que hasta ahora podía llamarse solo 'zumo de fresa", explica la Eurocámara en un comunicado.

Los zumos de naranja que lleven mandarina para mejorar su color y sabor, algo común en los productos que provienen de países como Brasil y EEUU, deberán indicarlo expresamente, lo que iguala en condiciones a los productores europeos frente a sus competidores, ya que en la Unión Europea ya estaba prohibida esta práctica.

Por otra parte, los zumos de fruta no contendrán en un futuro azúcar ni edulcorantes, mientras que los néctares -producidos con purés de frutas y agua- podrán contenerlos, aunque no se permitirá que aquellos néctares que contengan edulcorantes artificiales como la sacarina lleven la etiqueta "sin azúcar añadido".

"Nuestra prioridad ha sido ofrecer al consumidor información correcta sobre las diferentes categorías de producto para que sepa, en todo momento, lo que está comprando y sea libre de elegir", recalcó ayer durante un debate el diputado socialista español Andrés Perelló Rodríguez, responsable del texto.

España es precisamente el principal productor de zumos en el mercado comunitario y el primer consumidor de estos productos, según informó la Eurocámara.

Tras recibir el visto bueno del Parlamento Europeo (PE), la directiva deberá ser aprobada por los Veintisiete antes de entrar en vigor.

Los productos comercializados o etiquetados antes de esa fecha podrán venderse en un plazo de tres años y los Estados miembros tendrán un año y medio para adaptar sus legislaciones nacionales a la nueva normativa.

Jueves, 28 de Marzo de 2024
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