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Seguro de explotación en ganado aviar de puesta

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30 de Enero de 2015
Objeto: 

De conformidad con lo establecido en la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados y en el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, de acuerdo con el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 2014, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, las fechas de suscripción y los valores unitarios del seguro de explotación de ganado aviar de puesta.

Concepto: 

En la presente orden se hace referencia a los siguientes aspectos:
Artículo 1. Explotaciones, titularidad del seguro y animales asegurables.

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 3. Condiciones técnicas y requisitos necesarios en la contratación del seguro.

Artículo 4. Condiciones técnicas de explotación y manejo.

Artículo 5. Ámbito de aplicación.

Artículo 6. Entrada en vigor del seguro y periodo de garantía.

Artículo 7. Período de suscripción.

Artículo 8. Valor unitario de los animales.

Viernes, 29 de Marzo de 2024
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