Besana

 

Regulación del potencial de producción vitícola

Versión para impresiónVersión PDF
1 de Agosto de 2015
Objeto: 

Establecer la normativa básica en materia de potencial vitivinícola necesaria para el desarrollo del Reglamento (CE) número 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, se modifican los Reglamentos (CE) número 1493/1999, (CE) número 1782/2003, (CE) número 1290/2005 y (CE) número 3/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) número 2392/86 y (CE) número 1493/1999, así como del Reglamento (CE) número 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo de Reglamento (CE) número 479/2008 del Consejo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo relativo a los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola, dentro del marco que en nuestro ordenamiento jurídico ha establecido la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y el Vino.

Las disposiciones contenidas en este real decreto relativas a plantaciones, plantaciones ilegales de viñedo, regularización de superficies de viñedo, régimen de abandono de viñedo, variedades de vid y reservas de derechos de plantación de viñedo, serán de aplicación únicamente al viñedo destinado a la producción de uva de vinificación.

Concepto: 

Se detallan aspectos relativos a:  
 
   - CAPÍTULO I: Disposiciones generales.
 
  Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
 
  Artículo 2. Definiciones.
 
 
  - CAPÍTULO II: Plantaciones y replantaciones de viñedo.
 
  Artículo 2. Definiciones.
 
  Artículo 3. Nuevas plantaciones.
 
  Artículo 4. Derechos de replantación.
 
  Artículo 5. Transferencias de derechos de replantación.
 
  Artículo 7. Equilibrio territorial.
 
  Artículo 8. Tramitación de las transferencias de derechos cuya autorización corresponde al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
 
  Artículo 9. Autorización de plantaciones.
 
 
  - CAPÍTULO III: Plantaciones ilegales de viñedo.
 
  Artículo 10. Superficies plantadas de viñedo después del 31 de agosto de 1998.
 
  Artículo 11. Regularización de viñedo.
 
  Artículo 12. Procedimiento de regularización.
 
  Artículo 13. Superficies no regularizadas.
 
  Artículo 14. Régimen sancionador.
 
  Artículo 15. Destino de los productos de las parcelas objeto del arranque y control.
 
  Artículo 16. Comunicaciones.
 
 
  - CAPÍTULO IV: Régimen de abandono de viñedo.
 
  Artículo 17. Ámbito de aplicación.
 
  Artículo 18. Requisitos de admisibilidad.
 
  Artículo 19. Primas.
 
  Artículo 20. Superficies exentas de aplicación del régimen de abandono.
 
  Artículo 21. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
 
  Artículo 22. Criterios de prioridad.
 
  Artículo 23. Aceptación de solicitudes de arranque de viñedo.
 
  Artículo 24. Arranque de los viñedos.
 
  Artículo 25. Controles.
 
  Artículo 26. Pago de la prima.
 
  Artículo 27. Condicionalidad y pago único.
 
 
  - CAPÍTULO V: Medición y registro.
 
  Artículo 28. Medición de parcelas.
 
  Artículo 29. Registro vitícola.
 
 
  - CAPÍTULO VI: Variedades de vid.
 
  Artículo 30. Definiciones.
 
  Artículo 31. Clasificación.
 
  Artículo 32. Evaluación de la calidad.
 
  Artículo 33. Sinonimias y homonimias.
 
  Artículo 34. Administración competente.
 
  Artículo 35. Modalidades de clasificación.
 
  Artículo 36. Deber de colaboración.
 
  Artículo 37. Prohibición de plantaciones con variedades no clasificadas.
 
 
  - CAPÍTULO VII: Reservas de derechos.
 
  Artículo 38. Reserva Nacional de derechos de plantación de viñedo.
 
  Artículo 39. Reservas regionales.
 
  Artículo 40. Adjudicación de derechos.
 
  Artículo 41. Asignación de derechos de la Reserva Nacional a las Reservas Regionales.
 
  Artículo 42. Comunicaciones.

Viernes, 29 de Marzo de 2024
twitter
facebook
rss
version movil
selector selector selector
selector selector selector
selector selector selector
Tarifas Publicitarias
Banco de Alimentos de Sevilla

Besana Portal Agrario : Portal sectorial con noticias e información técnica sobre los sectores agrícola, ganadero, pesquero e industria agroalimentaria.
Besana Portal Agrario S.A. Astronomía 1. Torre 2 . Planta 9. Oficinas 3 y 4. 41015. Sevilla
Hosting Plesk en CentroRed.com Servidor VPS - Una web Jambon Iberique
© Besana Portal Agrario S.A. 2012 .Todos los derechos reservados. Aviso legal. Política de privacidad.Version accesible.