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Subvenciones para la participación de agricultores y ganaderos en el sistema de calidad de producción ecológica

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30 de Diciembre de 2013
Objetivo: 

La presente Orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de agricultores y ganaderos de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el programa de la calidad de los alimentos regulado en el Reglamento (CE) 834/2007, del Consejo, de 28 de junio de 2007, y en el Reglamento (CE) 889/2008, de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008.

 

Convocatoria para el año 2014

Se convocan para el año 2014, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas previstas en la Orden de 10 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de agricultores y ganaderos en el sistema de calidad de producción ecológica, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

 

Concepto: 

Serán subvencionables los costes fijos, satisfechos por los productores a los organismos de control autorizados, ocasionados por la participación en el programa de calidad de la producción ecológica.

 

A los efectos de la presente Orden, se entenderá por costes fijos:
a) Los derivados de la inscripción inicial en el organismo de control.
b) La cuota anual de renovación.
c) Los costes de la visita anual obligatoria, en caso de que no se encuentren incluidos en la cuota anual.

 

Quedan excluidos de la ayuda los siguientes conceptos:
a) Los costes procedentes de visitas extraordinarias y tomas de muestras adicionales.
b) Los gastos de certificación realizados antes de la fecha de presentación de la solicitud. Se considera realización del gasto, la prestación del servicio por el organismo de control durante todo el periodo que comprende cada factura pagada, no teniendo esta consideración el pago de la misma, al tratarse de un pago previo a la realización de los gastos subvencionables.

c) No será subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Beneficiario: 

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas contempladas en la presente Orden los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas ecológicas ubicadas en Andalucía, involucrados en actividades comerciales, ya sean personas físicas o jurídicas privadas.

 

Las personas beneficiarias deberán estar inscritas en un organismo de control autorizado por la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía para la producción ecológica, así como en el Sistema Integrado de la Producción Ecológica de Andalucía (en adelante SIPEA).

 

No obstante, podrán ser personas beneficiarias de la ayuda, únicamente por los conceptos descritos en el artículo 5.1.a) y c) de la presente Orden, las personas descritas en el apartado 1 que, aun no encontrándose inscritos en un organismo de control a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, tengan previsto hacerlo antes del 31 de diciembre del año de la convocatoria.

 

Periodo: 

El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 31 de diciembre de 2013 (publicada el 18/11/13).

 

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Resolución de 23 de diciembre de 2013:
 
Debido a problemas técnicos sobrevenidos en la aplicación, las entidades reconocidas no han podido proceder a la grabación de las solicitudes durante parte del período de presentación de las mismas.
 
Dado el volumen de solicitudes por grabar hasta la fecha para esta línea de subvenciones, el período en el que se ha procedido a la grabación resulta insuficiente.
 
Se considera necesario habilitar un plazo para que las entidades reconocidas en el artículo 9 de la orden de 10 de junio de 2011, puedan proceder a la grabación de las solicitudes de las ayudas previstas en la citada orden, en su convocatoria de 2014, el cual finalizará el 31 de enero de 2014, inclusive. en todo caso, el encargo por parte de los solicitantes para que la entidad actúe por su cuenta y nombre debe haberse producido dentro del plazo de presentación de solicitudes, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2013, inclusive.

 

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