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Ayudas a la mejora de la sanidad vegetal mediante el fomento de las agrupaciones para tratamientos integrados en agricultura (ATRIAs).

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16 de Marzo de 2015
Objetivo: 

Se aprueban las bases reguladoras y los formularios para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal mediante la aplicación de técnicas de Control Integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs).

Convocatoria 2015:

Se convocan para el año 2015, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas previstas en la Orden de 2 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal mediante la aplicación de técnicas de Control Integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs).

Concepto: 

Primero. Convocatoria.
Segundo. Solicitudes y utilización de medios telemáticos.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
Cuarto. Audiencia, aportación de documentación y aceptación.
Quinto. Resolución y plazo máximo para resolver.
Sexto. Financiación.
Séptimo. Actualización del cuadro de importes máximos por campaña y cultivo.
Octavo. Efectos.
ANEXO

Beneficiario: 

a) Las personas jurídicas privadas que ejerzan y asuman los riesgos de la actividad agraria.

b) Las asociaciones u organizaciones agrarias.

c) Las agrupaciones de agricultores constituidas para la aplicación de técnicas de lucha integrada.

d) Los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen.

Periodo: 

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. (publicada el 07/01/2014).

Importe: 

Ver última Resolución.

Solicitud: 

Preferentemente, en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del portal del ciudadano «www.andaluciajunta.es», dentro del apartado "administración electrónica", así como en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca, en la dirección www.juntadeandalucia/ agriculturaypesca. En la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de la provincia donde se proyecten realizar las actuaciones, sin perjuicio de que puedan presentarse en los registros de los demás órganos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 51.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.»

Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:

a) Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad solicitante.

b) CIF de la entidad solicitante.

c) DNI del/de la representante legal y de la documentación acreditativa de su representación.

d) Acta del órgano de gobierno donde conste el acuerdo de solicitar las ayudas y el compromiso de realizar la actividad y cumplir las obligaciones establecidas en la Orden, durante las cinco campañas del programa.

e) Mapa general de situación de las explotaciones o parcelas que componen la ATRIA y relación de agricultores en soporte informático indicando: nombre, apellidos, NIF de cada agricultor, y los datos identificativos (SIG-PAC) de cada una de sus parcelas (provincia, municipio, polígono, parcela y recinto), cultivo, variedad y superficie ocupada, así como croquis de aquellas parcelas en las que la superficie del cultivo no coincida con la totalidad del recinto.

f) Memoria justificativa y presupuestaria de la actividad de la ATRIA.

g) Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las circunstancias parta obtener la condición de beneficiario, contempladas en el apartado 2 del artículo 4 de la Orden. Esta declaración se incorpora en la solicitud (Anexo 3).

h) Declaración responsable sobre la concurrencia de las circunstancias previstas en el artículo 7 de la Orden, relativa a la valoración de las solicitudes. Esta declaración se incorpora en la solicitud (Anexo 3).

i) Declaración responsable sobre el compromiso interno de cada uno de los agricultores, con la entidad solicitante de la ayuda que los representa, de asumir las obligaciones derivadas del cumplimiento del sistema, durante el período quinquenal del programa, el cual obra en poder de dicha entidad, y a disposición de la Administración. Esta declaración se incorpora en la solicitud (Anexo 3).

j) Declaración responsable de que la documentación a adjuntar exigida en la presente Orden no ha sufrido variación con respecto a la presentada en la campaña anterior, la cual ya obra en poder de la Administración. Esta declaración se incorpora en la solicitud (Anexo 3).

k) Declaración responsable de que la documentación a adjuntar exigida en la presente Orden no ha sufrido variación con respecto a la presentada en la campaña anterior, la cual ya obra en poder de la administración. Esta declaración se incorpora en la solicitud (Anexo 3).

Jueves, 28 de Marzo de 2024
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