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La Junta regula la retirada de cadáveres de animales en explotaciones agrarias

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14 de Agosto de 2012
14 de Agosto de 2012
14 de Agosto de 2012
Junta de Andalucía
Esta orden regula las medidas de mantenimiento de cadáveres en las explotaciones ganaderas para su retirada hacia los lugares permitidos.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente ha establecido las normas para el proceso de retirada de cadáveres de animales de las explotaciones ganaderas, así como la autorización y registro de los establecimientos que operen con subproductos animales no destinados al consumo humano (Sandach) en Andalucía.

La Orden, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), regula las medidas de mantenimiento de cadáveres en las explotaciones ganaderas para su retirada hacia los lugares permitidos, los procedimientos para la autorización de las plantas intermedias y de almacenado, de transformación o de elaboración, así como la utilización de subproductos animales para determinar la causa de la muerte de los animales y facilitar el diagnóstico de posibles enfermedades.

Asimismo, dicha Orden establece el funcionamiento del Registro de las plantas de eliminación y transformación de Sandach. Estos subproductos no pueden eliminarse directamente ni destinarse a alimentación de animales; no obstante, hay ciertas excepciones que se regulan en esta norma.

Además, la norma incluye una excepción relacionada con la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en sus zonas de protección, que comprenden las áreas de distribución del Alimoche, el Quebrantahuesos, el Buitre Leonado y, parcialmente, las del Águila Real, el Águila Imperial y el Milano Negro.

En este sentido, determina que se permitirá que los cadáveres de animales de las especies ovina y caprina de explotaciones extensivas calificadas como indemnes frente a brucelosis, que pertenezcan a una Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera, se destinen a la alimentación de estas especies necrófagas. No obstante, cuando se determine una mayor necesidad de aporte alimenticio para estas especies necrófagas, se podrá ampliar la autorización a explotaciones ganaderas de especies que no sean ni ovino ni caprino.

Con estas nuevas pautas, se facilita la alimentación directa de las especies necrófagas, algunas de ellas en peligro de extinción, favoreciendo su conservación, y se ahorran costes en la retirada y destrucción de animales para aquellas explotaciones de pequeños rumiantes que cumplan los requisitos necesarios.

Actualmente, existen 6.408 explotaciones de ovino y caprino ubicadas en las zonas de protección de especies necrófagas de interés comunitario que cumplen los requisitos exigidos para la alimentación directa, que suponen el 36% del total de explotaciones de ovino y caprino de Andalucía.

Miércoles, 24 de Abril de 2024
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