Mediante la aplicación de la norma se pretende eliminar del mercado los productos de calidad insatisfactoria, orientar la producción a las exigencias de los consumidores y facilitar las relaciones comerciales en un marco de competencia leal, contribuyendo así a aumentar la rentabilidad de la producción.
I. DEFINICIÓN DEL PRODUCTO
II. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD
III. DISPOSICIONES RELATIVAS AL CALIBRADO
IV. DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS TOLERANCIAS
V. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN
VI. DISPOSICIONES RELATIVAS AL MARCADO
Reglamento (CE) nº 1465/2003 de la Comisión, de 19 de agosto de 2003, que modifica el Reglamento (CE) nº 1508/2001 por el que se establecen las normas de comercialización de las cebollas.
REG2003-1465.pdf [1]
Reglamento (CE) n° 1508/2001 de la Comisión, de 24 de julio de 2001, por el que se establecen las normas de comercialización de las cebollas y se modifica el Reglamento (CEE) n° 2213/83.
REG2001-1508.pdf [2]