La presente disposición presenta un carácter eminentemente técnico y se dicta al amparo de la disposición final primera del Real Decreto 1133/2002, de 31 de octubre, por el que se regula en el ámbito de las razas equinas el régimen jurídico de los libros genealógicos, las asociaciones de criadores y las características zootécnicas de las distintas razas.
La presente Orden ministerial tiene por objeto establecer las condiciones zootécnicas del libro genealógico del Caballo de Deporte Español.
Las condiciones zootécnicas y genealógicas que regulan los intercambios comunitarios de équidos fueron incorporadas a nuestro Ordenamiento Jurídico a través del Real Decreto 1133/2002, de 31 de octubre, por el que se regula en el ámbito de las razas equinas el régimen jurídico de los libros genealógicos, las asociaciones de criadores y las características zootécnicas de las distintas razas, que afecta tanto a las razas puras como a los équidos registrados, siempre que cumplan los requisitos de identificación y registro previstos en la citada normativa.
Una de las principales utilidades del caballo es el deporte. Para la consecución de individuos aptos para las modalidades hípicas se necesita de un libro genealógico donde registrar los cruzamientos necesarios a este fin.
Por otro lado, para poder competir en eventos de carácter internacional y según marcan las organizaciones internacionales, en este caso, la Federación Mundial de Caballos Deportivos (WBFSH), es necesario que estos animales estén inscritos en libros genealógicos reconocidos, por lo que con la presente disposición, se cubre ese vacío legal y se crea la normativa específica del Caballo de Deporte Español.
1. Definición
Se define como Caballo de Deporte Español al équido inscrito al nacimiento como CDE en el libro genealógico según el siguiente cuadro de formación:
PSI: Pura Sangre, Inglés.
P.R.a: Pura Raza Arabe.
A-a: Anglo-árabe.
H-a: Hispano-árabe.
P.R.E: Pura Raza Española.
MALL: Mallorquín.
MEN: Menorquín.
T.E: Trotador Español.
C.D.Ex: Caballo de Origen Extranjero inscrito en for Sport Horses (WBFSH).
2. Registro Fundacional
Registro Fundacional de nacimientos
Libros Genealógicos reconocidos por la World Breeding Federation
Registro Fundacional Auxiliar
3. Libro genealógico
Registro de Nacimientos
Registro Principal de reproductores
Registro Auxiliar
Registro de Méritos
ORDEN APA/3318/2002, de 23 de diciembre, por la que se establecen las normas zootécnicas del Caballo de Deporte Español.
ORD2002-3318-46328-46330.pdf [1]
Real Decreto 1133/2002, de 31 de octubre, por el que se regula en el ámbito de las razas equinas el régimen jurídico de los libros genealógicos, las asociaciones de criadores y las características zootécnicas de las distintas razas.
RD2002-1133-38929-38938.tif [2]
ORDEN APA/1646/2004, de 26 de mayo, por la que se modifica el anexo de la Orden APA/3318/2002, de 23 de diciembre, por la que se establecen las normas zootécnicas del caballo de deporte español.
RD2004-1646-20653.pdf [3]