Los Estados miembros autorizarán la importación de esperma de équidos recogido en los centros que figuran en la lista del anexo de la presente Decisión.
Decisión de la Comisión de 31 de marzo de 2000 por la que se establece la lista de los centros de recogida de esperma autorizados para importar en la Comunidad esperma equino procedente de terceros países y se modifican las Decisiones 96/539/CE y 96/540/CE
DEC2000-0-17.pdf [1]
Decisión de la Comisión, de 6 de enero de 2004, que modifica por decimosexta vez la Decisión 2000/284/CE por la que se establece la lista de los centros de recogida de esperma autorizados para importar esperma equino procedente de terceros países
DEC2004-34-48.pdf [2]