Por lo que respecta a la brucelosis, la Comunidad concederá una ayuda financiera a Francia para las funciones y tareas contempladas en el artículo 32, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 882/2004, que debe llevar a cabo el AFSSA ¿ Laboratoire d¿études et de recherches en pathologie animale et zoonoses, de Maisons-Alfort.
La ayuda financiera de la Comunidad cubrirá el 100 % de los costes admisibles del AFSSA ¿ Laboratoire d¿études et de recherches en pathologie animale et zoonoses, para el programa de trabajo, pero no superará los 125 000 EUR en el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2006.
Decisión de la Comisión, de 19 de septiembre de 2006, sobre la ayuda financiera de la Comunidad en el año 2006 destinada a los laboratorios comunitarios de referencia para la brucelosis y la fiebre aftosa
DEC2006-5-6(2).pdf [1]
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 2007 sobre la ayuda financiera de la Comunidad correspondiente a 2007 para determinados laboratorios comunitarios de referencia en el ámbito de la sanidad animal y los animales vivos
DEC2007-45-48(2).pdf [2]
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