Utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, en este caso el fomento del girasol de secano en rotación.
VIGENCIA:
Marco Agrario Comunitario 2000-2006.
Utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente respecto a la rotación de cultivos. Girasol de secano en rotación.
Requisitos Especificos:
- Titulares de explotaciones que se comprometan a la siembra anual de girasol de secano en rotación, durante un periodo de 5 años.
- Las parcelas objeto de ayuda deberán haber percibido pagos compensatorios por el girasol en secano durante alguna de las campañas 95/99.
A todos los efectos se incluirá el girasol de cultivo no alimentario de acuerdo a las disposiciones que regulan las Ayudas por Superficies.
Compromisos:
- Antes de la puesta en marcha de esta medida se creará un Comité Técnico.
- Llevar un cuaderno de campo en el que se relacionen todas las parcelas, su utilización, labores, tratamientos, etc.
- Establecer un plan de rotación de toda la explotación que deberá ser aprobado por la
Comunidad Autónoma.
- Establecer un plan de cultivos anual para las parcelas.
- Acreditar el respeto a la rotación de cultivos, excluyendo las parcelas sembradas de girasol en la campaña anterior; con un margen de tolerancia del 25% de la superficie de acogida
- Sobre los rastrojos del cereal precedente puede realizarse un pastoreo controlado, según lo establecido en el código 9.1., previo al enterrado.
- Realizar la siembra en dosis no inferiores a 3,250 kg por hectárea.
- Comprometerse a no realizar escarificado y/o escarda química en el cultivo del girasol, excepción los casos de siembra directa o mínimo laboreo y siempre con herbicidas de baja toxicidad, clasificados AAA o AAB.
- El cañote del girasol debe triturarse y enterrarse.
- Mantener los linderos existentes al inicio del compromiso, para protección, de la flora y fauna.
Reglamento (CE) nº 1257/1999 del Consejo de 17 de mayo de 1999 sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos. (DOCE 160, 26-6-1999).
REG1999-1257.pdf [1]
Orden de 24 de agosto de 2000, por la que se establece un régimen de medidas Aplicables al apoyo y mantenimiento del cultivo del girasol en secano (BOJA 100, 31-08-2000).
ORD2000-13848-13852.pdf [2]
Orden de 7 de junio de 2001, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente. (BOJA 69, 19-6-2001).
ORD2001-7jun.pdf [3]
Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común. (BOE 175, 23-07-2002).
RD2002-708.pdf [4]
REAL DECRETO 172/2004, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las medidas de acompañamiento de la Política Agraria Común. (BOE 37, 12-02-2004).
RD2004-172.pdf [5]
Orden de 28 de enero de 2005, por la que se regulan determinados regímenes de ayudas comunitarias a la Agricultura para la campaña 2005/2006 (2.32 Mb).
ORD2005-117-149.pdf [6]
Orden de 31 de enero de 2005, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
ORD2005-22-57.pdf [7]
Resolución de 1 de febrero de 2005, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se convocan para la campaña 2005 las ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
RES2005-58.pdf [8]
Orden de 4 de abril de 2005, por la que se modifica la de 31 de enero de 2005, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
ORD2005-14-16.pdf [9]
ORDEN APA/646/2006, de 8 de marzo, por la que se amplía el plazo para la presentación de las solicitudes en el régimen de pago único y otros regímenes de ayuda directa a la agricultura y la ganadería.
ORD2006-646-9508.pdf [10]
CORRECCION de errores de la Orden de 28 de enero de 2005.
COR2005-11.pdf [11]
Orden de 14 de febrero de 2006, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía disposiciones para la aplicación de determinados regímenes de ayuda comunitarios a la agricultura para la campaña 2006/2007, de los regímenes de ayuda comunitarios a la ganadería para el año 2006, del régimen de pago único para el año 2006, de la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas para el año 2006 y del régimen de ayudas a los métodos de producción agraria compatibles¿
ORD2006-14-55.pdf [12]
ORDEN APA/646/2006, de 8 de marzo, por la que se amplía el plazo para la presentación de las solicitudes en el régimen de pago único y otros regímenes de ayuda directa a la agricultura y la ganadería.
ORD2006-646-9508.pdf [10]
REAL DECRETO 585/2006, de 12 de mayo, por el que se establecen criterios de reducción de las ayudas agroambientales y de la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas en función del grado de cumplimiento de las buenas prácticas agrarias habituales.
RD2006-585-19710-19715.pdf [13]
REAL DECRETO 1203/2006, de 20 de octubre, por el que se modifican los Reales Decretos 3482/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas; 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente; 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas y 708/2002, de 19 de julio..
RD2006-1203-38846-38876.pdf [14]
Se amplía el plazo hasta el 28 de abril.
Las primas o cuantías unitarias de las ayudas que se establecen son:
- Cuantía básica: 60,1€/Ha y año.
La ayuda total de la explotación se calculará de la siguiente forma:
- Hasta el doble del valor de la UMCA: El 100% de la prima.
- Entre el doble y el cuádruple del valor de la UMCA: Hasta el 60% de la prima.
- Más del cuádruple del valor de la UMCA: Hasta el 30% de la prima.
Unidad Mínima de Cultivo Agroambiental, UMCA (la superficie de referencia para determinar la cuantía unitaria de las ayudas) para girasol de secano en rotación: 25 ha.
Las solicitudes de ayuda, dirigidas al Director General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria (FAGA), se podrán presentar en las Delegaciones Provinciales de Agricultura y Pesca correspondientes, sin prejuicio de lo dispuesto en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 51.2 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se procederá anualmente a la convocatoria pública de la ayuda.