Formular el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del ámbito de Los Alcornocales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Los Alcornocales, conforme a lo establecido en los artículos 15 al 23 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y que serán elaborados por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Objetivos y contenidos
Los objetivos y contenidos de los Planes cuya formulación es objeto del presente Acuerdo son los siguientes:
a) Para el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, los establecidos en los artículos 17 y 19 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, teniendo en cuenta también lo dispuesto en el artículo 20 en materia de corredores ecológicos.
b) Para el Plan Rector de Uso y Gestión, los establecidos en el artículo 30 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, teniendo en cuenta también lo dispuesto en el artículo 20 en materia de corredores ecológicos, así como los artículos 13 y 18 de la Ley 2/1989.
Primero. Formulación.
Segundo. Ámbito de los Planes.
Tercero. Objetivos y contenidos.
Cuarto. Régimen de Protección cautelar.
Quinto. Procedimiento.
Sexto. Desarrollo y ejecución.
Séptimo. Eficacia.
Acuerdo de 21 de enero de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan de Ordenación de los recursos naturales del ámbito de Los Alcornocales y del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Los Alcornocales.
http://www.besana.es/sites/default/files/acu2014-21-01-42-50.pdf [1]