De conformidad con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados, el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre de 1978, sobre Seguros Agrarios Combinados, aprobado por el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, de acuerdo con el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 2014 y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, el valor del suplemento de alimentación y las fechas de suscripción en relación con el seguro de compensación por pérdida de pastos.
Orden AAA/1129/2013, de 7 de junio, por la que se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, el valor del suplemento de alimentación y las fechas de suscripción en relación con el seguro de compensación por pérdida de pastos, comprendidos en el Plan Anual 2013 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2013-1129-46077-46100.pdf [1]
Orden AAA/1054/2014, de 6 de junio, por la que se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, el valor del suplemento de alimentación y las fechas de suscripción en relación con el seguro de compensación por pérdida de pastos, comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2014-1054-48359-48382.pdf [2]
Orden AAA/1172/2015, de 8 de junio, por la que se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, el valor del suplemento de alimentación y las fechas de suscripción en relación con el seguro de compensación por pérdida de pastos, comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2015-1172-50723-50747.pdf [3]
Teniendo en cuenta los períodos de garantía anteriormente indicados, los períodos de suscripción para todas las opciones, en función de los Grupos de Comarcas serán los siguientes:
a) Grupo 1. Pirineos: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de diciembre.
b) Grupo 2. Cantábrico:
Opción A, C, D y E: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de diciembre.
Opción B: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de octubre.
c) Grupo 3. Resto de Aragón y Cataluña: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de octubre.
d) Grupo 4. Centro:
Opciones A, B y E: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 10 de septiembre.
Opciones C y D: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de octubre.
e) Grupo 5. Extremadura:
Opciones A y B: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 10 de septiembre.
f) Grupo 6. Andalucía: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 10 de septiembre.
g) Grupo 7. Baleares:
Opciones A, B y E: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 10 de septiembre.