Ayudas de Industria Agroalimentaria Vino
La medida de promoción en mercados de terceros países persigue fomentar el conocimiento de las características y cualidades de los vinos españoles, con el fin de contribuir a la mejora de su posición competitiva y a la consolidación o, en su caso, a la apertura de nuevos mercados, en terceros países.
La Comunidad Autónoma de Andalucía establece para la convocatoria de 2014, un plazo de presentación de solicitudes, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, hasta el 15 de mayo de 2013.
Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la destilación de alcohol para uso de boca, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento (CE) núm 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola.
Los productores de vino que quieran solicitar la ayuda a la destilación de uso de boca, presentarán la solicitud en el plazo de 20 días hábiles contados desde la entrada en vigor del presente real decreto, ante el órgano competente de la comunidad autónoma en la que esté ubicado el productor de vino.
Fomentar el consumo de uva y mosto de uva utilizándolos en la elaboración de zumo de uva.
Vigencia indeterminada.
A más tardar seis meses tras la terminación de la campaña. Si son transformadores que realizan operaciones en fecha determinada, los seis meses contarán a partir de la terminación de la transformación correspondiente a cada declaración presentada.